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Bienvenidos al blog sobre el tema: CONTABILIDAD BASICA
Usted encontrará información relevante sobre conceptos básicos de contabilidad y ciclo contable hasta la presentación de estados financieros.
En espeial a la normativa vigente para la aplicacion de NIIF en Ecuador.
Espero su participación con comentarios.

NIIF - NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA





El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), se estableció en 2009, como parte de la Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (Fundación IASC). El objetivo de la Fundación IASC y del IASB es:  desarrollar, buscando el interés público, un único conjunto de normas contables de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y de cumplimiento obligatorio, que requieran información de alta calidad,  transparente y comparable en los estados financieros y en otra información financiera, para ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios a tomar decisiones económicas.

EN ECUADOR.

Se debe establecer el siguiente cronograma de aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” por parte de las compañías y entes sujetos al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías:

1. Aplicarán a partir del 1 de enero del 2010: Las compañías y los entes sujetos y regulados por la Ley de Mercado de Valores, así como todas las compañías que ejercen actividades de auditoría externa
 2. Aplicarán a partir del 1 de enero del 2011: Las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a US $ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007, compañías Holding y compañías de economía mixta.
 3. Aplicarán a partir del 1 de enero del 2012: Las demás compañías no consideradas en los dos grupos anteriores.
 Se establece el año 2011 como período de transición; para tal efecto este grupo de compañías deberán elaborar y presentar sus estados financieros comparativos con observancia de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF”, a partir del año 2011.
 El cronograma de implmentacion obligatorio tendra al menos lo siguiente:
• Un plan de capacitación.
• El respectivo plan de implementación.
• La fecha del diagnóstico de los principales impactos en la empresa.

Esta información deberá ser aprobada por la Junta General de Socios o Accionistas, o por el organismo que estatutariamente esté facultado para tales efectos; o, por el apoderado en caso de entes extranjeros que ejerzan actividades en el país.

Por favor enviame tu comentario sobre el tema NIIF, como esta la contabilidad en tu institución, organización o empresa.
Crees que si implementamos un software que conocmientos deberiamos tener...
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